REVESCO. Revista de Estudios Cooperativos
ISSN: 1885-8031
http://dx.doi.org/10.5209/REVE.58614
Elena Meliá Martí[1] y Manuel Peris Mendoza[2]
Recibido: 10 de octubre de 2017 / Aceptado: 8 de enero de 2018
Resumen. El cooperativismo agroalimentario español se caracteriza por tener una gran implantación económica, social, y geográfica. Ahora bien, entre sus principales debilidades está la importante fragmentación de las mismas, con muchas entidades de tamaño muy pequeño, que las posiciona en una situación de vulnerabilidad frente al mercado.
En este contexto, la ley 13/2013, para promover la integración asociativa, con la figura de la Entidad Asociativa Prioritaria (EAP), y el RD 550/2014, que establece los requisitos y el procedimiento para su reconocimiento, debe de influir en el tamaño de las organizaciones cooperativas.
Ante esta realidad, por medio de una encuesta realizada a las 274 cooperativas españolas con secciones de mayor tamaño, analizamos la potencial consecución de los objetivos planteados en la ley (con su actual configuración), para incrementar el tamaño de las cooperativas agroalimentarias españolas, ya que hasta la fecha ésta ha tenido una acogida limitada (tan solo 6 entidades han obtenido el reconocimiento). Al mismo tiempo, se analiza si la razón de tal escasa aplicación se encuentra en el nivel de dificultad en alcanzar los requisitos mínimos establecidos en la misma.
Del análisis de la encuesta, hemos estudiado:
- El grado de alcance esperado de los cuatro objetivos de la ley, prestando especial interés en el incremento de dimensión para las cooperativas en función de su tamaño,
- El nivel de dificultad para alcanzar los requisitos establecidos para reconocerse como EAP.
Palabras clave: Integración cooperativa; Cooperativa agroalimentaria; Entidad Asociativa Prioritaria; Concentración empresarial.
Claves Econlit: P13; Q13; Q18.
Abstract. Spanish agri-food cooperative movement is characterized by great economic, social and geographical development. However, among its main weaknesses it can be highlighted their significant fragmentation, with many entities of very small size, which places them in a situation of vulnerability in the market.
In this context, Law 13/2013, to promote associative integration, with the figure of the Priority Associative Entity (PAE), and RD 550/2014, which establishes the requirements and the procedure for its recognition, must influence the size of cooperative organizations.
Faced with this reality, this paper analyzes the potential achievement of the objectives set out in the Law 13/2013 (with its current configuration), to increase the size of Spanish agri-food cooperatives, which to date has had a limited aplication (only 6 entities have obtained the PAE recognition). For that purpose, it has been prepared a survey of the 274 Spanish cooperatives with largest sections. At the same time, it analyzes if the reason for such scarce application lies in the level of difficulty in reaching the minimum requirements established in it.
Through the survey, it has been studied:
- The expected degree of achievement of the four objectives of the Law, paying particular attention to the increase of the size of cooperatives according to their size,
- The level of difficulty to meet the requirements established to be recognized as a PAE.
Keywords: Cooperative integration; Agri-food cooperative; Priority Associative Entity; Business concentration.
Sumario. 1. Introducción. 2. Objetivos. 3. Antecedentes: integración cooperativa en el cooperativismo agroalimentario español. 4. Metodología. 5. Estudio de los resultados del trabajo empírico. 6. Conclusiones. 7. Referencias bibliográficas.
Cómo citar: Meliá Martí, E. y Peris Mendoza, M. (2017) Los procesos de integración de las cooperativas agroalimentarias. De la norma a la realidad. Especial referencia a la Ley 13/2013 de Fomento de la Integración Cooperativa. REVESCO. Revista de Estudios Cooperativos, Monográfico, Nº 126, pp. 177-197. DOI: 10.5209/REVE.58614.
1. Introducción
El cooperativismo en España representa una pieza básica del sector agroalimentario, por su participación económica en sus diferentes sectores de actividad, y por su capacidad de cohesión y vertebración de las zonas productoras. Las cooperativas agroalimentarias representan el mejor mecanismo para acercar al sector productor primario (agrícola y ganadero) al mercado final, integrando en la misma empresa la gestión de la producción, transformación, y comercialización agroalimentaria.
En España existen 3.762 cooperativas agroalimentarias, que en el año 2015 agruparon más de un millón de socios productores (1.182.346 socios), y generaron una facturación de más de 26.198 millones de euros, dando empleo a 97.824 trabajadores directos (Garrido, 2013 y OSCAE, 2015).
En ese mismo año 2015, la actividad económica de las cooperativas supuso un 60% del valor de la Producción Final Agraria, y un 27,59% del valor de las ventas netas de la industria agroalimentaria, aunque su número representara sólo el 13,00% del total de las industrias agroalimentarias españolas.
Cuentan con una importante implantación a nivel nacional, y han destacado por su mejor posicionamiento y sostenibilidad frente al impacto de la crisis económica (Monzón et al., 2013), habiendo incrementado sus ventas a lo largo de los años de crisis 2008-2011, así como los empleos generados, por encima del sector. Sin embargo, uno de sus principales puntos débiles es su excesiva atomización, estando necesitadas de una mayor integración empresarial y comercial, lo que puede conseguirse a través de alianzas que mejoren su capacidad negociadora frente a la distribución de la cadena alimentaria (Baamonde, 2013).
Así, con una facturación media de 7,27 millones de euros (OSCAE, 2015), el cooperativismo agroalimentario presenta algunos datos inquietantes: el 70,0% de las cooperativas tiene una dimensión inferior a 5 millones de euros, mientras que el restante 30,0% aglutina el 87,0% de la facturación total del cooperativismo. El grado de concentración de la actividad en unas pocas cooperativas de tamaño grande queda patente, si tenemos en cuenta que las 105 mayores cooperativas facturan el 46% del total (Tabla 1).
Gráfico. 1. Evolución de la facturación y número de cooperativas en España

Nota: Facturación: miles de euros; Número: número de cooperativas; Facturación/coop: milones de euros/coop
Fuente: Elaboración propia a partir de OSCAE (varios años)
Y aunque este problema ha merecido la atención de la administración, las organizaciones representativas y las propias cooperativas, habiéndose incrementado en el periodo 2006 a 2014 la facturación media en un 45%, como consecuencia del aumento de la facturación del 36% y una reducción del número de cooperativas del 22%, la realidad es que aún estamos muy alejados de las dimensiones medias de las cooperativas de otros países de la UE (Dinamarca: 893 millones de euros/coop; Holanda; 148 millones de euros/coop; Irlanda: 188 millones de euros/coop; Francia: 35 millones de euros/coop; Alemania: 28 millones de euros/coop) (COGECA, 2014)
Tabla. 1. Tamaño de las cooperativas agroalimentarias en España
|
Tamaño Coop. |
Nº Coop |
% Total |
Facturación (M€) |
% Fact. total |
Fact. Media (M€) |
|
Grandes (> 50 M€) |
105 |
4,1% |
9.427 |
46,1% |
89,78 M€ |
|
Medianas (10-50 M€) |
389 |
15,1% |
6.435 |
31,5% |
16,54 M€ |
|
Pequeñas (2-10 M€) |
935 |
36,4% |
3.863 |
18,9% |
4,13 M€ |
|
Micro (< 2 M€) |
1.143 |
44,4% |
716 |
3,5% |
0,63 M€ |
|
TOTAL |
2.572 |
100,00% |
20.441 M€ |
100,00% |
7,95 M€ |
Fuente: Directorio anual de cooperativas 2017 (OSCAE-Coop. Agro-alimentarias de España)
Nota: Este cuadro contiene únicamente a las cooperativas socias de Cooperativas Agro-alimentarias, por lo que el total difiere con el del gráfico 1
Esto ha motivado que, aunque históricamente se ha destacado el problema del minifundismo empresarial del cooperativismo en España, es en la última década, cuando se le ha prestado especial atención. De hecho, en el propio Plan Estratégico del Cooperativismo Agrario Español del 2007, se planteaban como dos de los ejes y planes de acción prioritarios el apoyo al redimensionamiento empresarial y la mejora de la competitividad.
En este contexto, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha pretendido dotar al sector de una herramienta que facilite el incremento del tamaño por cooperativa, a través de la Ley 13/2013, de 2 de agosto, de fomento de la integración de cooperativas (LICA), y el Real Decreto 550/2014, de 27 de junio, que establece la cifra mínima de ventas a alcanzar por las cooperativas en cada sector, en orden a obtener el reconocimiento de la Entidad Asociativa Prioritaria (EAP).
Con el reconocimiento de las EAP, la LICA pretende fomentar la agrupación de las cooperativas en entidades de tamaño mayor, para poder conseguir mejorar la renta de los productores asociados, con una mejor posición en el mercado, y la participación en el proceso de valorización y comercialización de sus productos.
Sin embargo, la realidad de los hechos, con un más que reducido reconocimiento de EAP desde la entrada en vigor de la Ley (tan solo 6 lo han conseguido), nos obliga a asumir que, de alguna forma, esta Ley no está llegando a cumplir los objetivos propuestos, o al menos, no en la medida en que se esperaba.
2. Objetivos
El objeto de este trabajo es analizar el éxito de la Ley con su actual configuración, a partir del análisis de la intención u oportunidad de solicitar el reconocimiento de la figura de EAP por parte de las propias cooperativas agroalimentarias españolas, así como su percepción del grado de dificultad que suponen sus requisitos. Así, siguiendo ese propósito se plantean tres objetivos:
El primero es establecer qué potencial tiene la LICA, con su configuración actual, de cumplir con los objetivos con los que se promulgó:
− OI1: Grado de cumplimiento o alcance de la LICA en cuanto a los cuatro objetivos principales que persigue:
o Fomentar la agrupación de las cooperativas de base,
o Mejorar la formación de responsables,
o Mejorar la renta de los productores,
o Favorecer entrada de nuevos agricultores.
En segundo lugar, y derivada de la escasa implantación que ha tenido, se pretende establecer cuál es la causa de esta escasa aplicación, para lo que se ha encuestado la dificultad de las cooperativas de cumplir con los requisitos de la LICA:
− OI2: Grado de dificultad en alcanzar los parámetros requeridos para el reconocimiento como EAP:
o Nivel de facturación de su sector principal,
o Implantación supra autonómica,
o Comercialización del 100% de la producción,
o Garantizar en los estatutos el control democrático.
El tercer objetivo es establecer si el parcial éxito de la Ley proviene de un diseño de la misma muy centrado en las grandes entidades, quedando excluidas las de tamaño medio y pequeño.
− OI3: Contribución de la LICA a la mejora del dimensionamiento de las cooperativas, en función de su tamaño:
o Grandes grupos cooperativos,
o Cooperativas de tamaño intermedio,
o Cooperativas pequeñas.
Así, con este objeto, se ha diseñado y remitido una encuesta a las 274 principales cooperativas agroalimentarias, de los 13 sectores productivos más importantes[3], en las que se han incluido las cooperativas con secciones de tamaño grande (más de 50 millones de euros de facturación), y las cooperativas con secciones de tamaño mediano (entre 10 y 50 millones de euros).
No se han incluido las cooperativas con secciones pequeñas (menos de 10 millones de euros), que incluyen a las microempresas (cooperativas de menos de dos millones de euros de facturación), por la mayor dificultad que tienen, dado el actual planteamiento de la LICA, de reconocerse directamente como Entidad Asociativa Prioritaria.
3. Antecedentes: integración cooperativa en el cooperativismo agroalimentario español
3.1. Tamaño empresarial del cooperativismo agroalimentario español
Hay muchos trabajos y autores que relacionan el tamaño empresarial con la mejora de la competitividad de la empresa. Entre ellos, Camisón, 1996, establece para las grandes empresas ventajas competitivas en cinco ámbitos: a) economías de escala y curvas de experiencia, b) mayores recursos financieros, tanto propios como externos por su accesibilidad a diversas fuentes de financiación, c) mejores recursos humanos, que proporcionan técnicas de gestión más eficaces, d) mayores recursos de marketing (imagen y reputación, marcas, redes de distribución, capacidad negociadora frente a clientes y proveedores, y e) mejores recursos tecnológicos derivados de las ventajas financieras y en recursos humanos de las grandes empresas.
También hay numerosos trabajos realizados sobre la importancia del tamaño empresarial en las cooperativas agroalimentarias (Juliá y Server, 1999; Meliá, 2003; Meliá y Marín, 2006; Vargas, 1993; Montero y Montero, 2005; Arcas, 2008; Baamonde, 2009; Juliá et al., 2010; Arcas et al., 2011a; 2011b; Juliá et al., 2012; Bekkum, 2013, Bijman et al., 2013(a)), los cuales ponen de manifiesto la necesidad de integración de estas entidades para mejorar la dimensión, ya que son sólo las entidades de mayor tamaño las que están mejor posicionadas en un entorno de mercado complejo: tienen más capacidad innovadora, de internacionalización, generan economías de escala, y son capaces de proporcionar en consecuencia mayores rentabilidades a los socios. Además, son las cooperativas mejor dimensionadas, las que previsiblemente van a continuar liderando procesos de crecimiento empresarial, creciendo a tasas superiores al resto.
De hecho, hay estudios que demuestran que la tasa de crecimiento económico aumenta conforme aumenta la dimensión media de las cooperativas, como el de Arcas et. al. 2013 (a). Este estudio, realizado en base a las 500 mayores cooperativas agroalimentarias españolas en volumen de facturación, en el periodo que va del trienio 1998-2000 al 2008-2010, concluyó que fueron las cooperativas con mayor cifra de negocios las que incrementaron su facturación a mayor velocidad, muy alejadas de las pequeñas. Mientras el TOP 100 (las 100 mayores cooperativas) incrementó su facturación un 40,8%, en este periodo, el TOP 500 (las 500 mayores) lo hizo tan solo un 19,7%.
Por otra parte, este mismo estudio destaca que son las mayores cooperativas las que están más capacitadas para retribuir en mayor medida al socio por su producción entregada. De hecho, si bien las cooperativas del TOP 100 fueron capaces de destinar un 80% de sus ingresos a retribuir la producción (tanto la de socios como la de terceros), las cooperativas situadas en el ranking por facturación de la 400 a la 500, solo pudieron destinar el 59% de los ingresos a este fin, ya que una gran parte de sus ingresos se va necesariamente a costar una estructura fija, excesiva en muchos casos para sus volúmenes de facturación.
En consecuencia, las cooperativas agroalimentarias llevan mucho tiempo impulsando procesos de integración, con objeto no solo de concentrar la oferta y regular los precios, sino también de reforzar la posición de los productores en el mercado ante la progresiva concentración de la demanda (Server y Meliá, 1999).
Gráfico. 2. Porcentaje sobre ingresos destinado por las cooperativas a retribuir la producción en las cooperativas según su tamaño.

Fuente: Arcas, García, y Meliá, 2013a.
En el ranking de las 100 principales cooperativas europeas por volumen de facturación, contenido en el informe del Cogeca, Cogeca report on developements in EU agri-cooperatives del año 2014, y en el trabajo de Bekkum del 2013, del top 100 mundial, se pone de manifiesto el reducido número de cooperativas españolas que existen en dicho nivel. Así, la primera cooperativa española (Coren) ocupa el puesto 57 entre las europeas, siendo sólo cinco españolas las que se encuentran en dicho top 100 (Coren, Capsa en el 78, el Grupo AN en el 78, Dcoop, en el 86 y Anecoop en el 94).
Con estos antecedentes, la necesidad de incrementar el tamaño es uno de los retos esenciales del cooperativismo agroalimentario español. Así, los principales grupos cooperativos deben continuar creciendo para situarse en mejores posiciones de liderazgo (España, con el 17,66% del total de cooperativas, y el 7,39% de la facturación a nivel europeo, sólo sitúa a un 5% de sus cooperativas en el top 100), y por su parte, las pequeñas cooperativas de base han de incrementar su tamaño, con el fin de mejorar su escaso nivel de ventas individual (7 millones de euros de media), lo que las hará ser más competitivas y las dotará de una mayor capacidad de retribuir satisfactoriamente al socio.
De hecho, coincidimos con Baamonde (2013), en que el incremento del tamaño de las empresas cooperativas no debe de ser un fin en sí mismo, sino que tiene que ser un medio para mejorar la competitividad, facilitando el acercamiento a los mercados, la internacionalización, así como los procesos de innovación. No hay que olvidar que el fin último es el de mejorar las rentas de los asociados.
3.2. Integración cooperativa en el cooperativismo agroalimentario español
Existen diferentes modelos y formas de concentración empresarial, y de integración aplicables en las cooperativas agroalimentarias españolas, entre los que destacan la concentración empresarial sin vinculación patrimonial (cooperativas de segundo grado, grupos cooperativos, corporaciones cooperativas, y otras formas de colaboración, como los acuerdos de intercooperación, las AIE, y la UTE principalmente), y por otra parte la concentración empresarial económica con vinculación patrimonial, es decir, la fusión cooperativa (Meliá, 2003).
La figura que mayor éxito ha tenido en España ha sido la del cooperativismo de segundo grado, dada la menor implicación que exige esta fórmula a las entidades de primer grado que las integran, así como por la mayor libertad que les confiere. En España contamos en la actualidad con 130 cooperativas de segundo grado, las cuales representan el 3,4% del total de cooperativas agroalimentarias y el 29% de la facturación total.
Otra fórmula con aplicación en el sector es la de las fusiones, fórmula que si bien presenta como ventajas conducir a la integración total de las estructuras que las llevan a cabo, consiguiéndose un equipo directivo, un consejo rector, y una plantilla unificados, lo cual facilita la implantación de estrategias unificadas y de carácter global para la cooperativa resultante, no han tenido en todos los casos el éxito esperado, debido a diferentes causas.
De hecho, el estudio realizado sobre las fusiones de cooperativas agroalimentarias llevadas a cabo en España en el periodo 1995-2005 por Meliá y Martínez (2015), concluye que, aunque mayoritariamente han conseguido incrementar su facturación en el periodo 1995-2005 (5% de significatividad), no todas consiguieron mejorar la rentabilidad del socio por sus producciones aportadas, la cual se redujo de forma significativa (1% de significatividad). La razón es que muchos de estos procesos se basaron en la anexión de cooperativas, pero no realizaron una labor de restructuración de recursos (humanos, activos, etc.), lo que hico que no afloraran una buena parte de los beneficios perseguidos por la fusión.
En este escenario, y con el fin de reducir la atomización, nace en verano de 2013 la ‘Ley de fomento de la integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario’ para favorecer la competitividad, el redimensionamiento, la modernización y la internacionalización de dichas entidades, en el marco de las reformas estructurales para mejorar la economía y competitividad del país.
Dos figuras básicas se derivan de la Ley de integración: el Plan Estatal de Integración Asociativa, para coordinar las políticas de fomento del asociacionismo agroalimentario, y la creación de la figura de la Entidad Asociativa Prioritaria agroalimentaria, pieza clave para mejora el redimensionamiento del sector (Burgaz, 2013).
Mediante la Ley se pretenden conseguir cuatro objetivos principales, cuyo alcance o potencial cumplimiento es analizado en el trabajo:
− Fomentar la agrupación de los primeros eslabones que conforman la cadena alimentaria, para favorecer su redimensionamiento, mejorar su competitividad y contribuir a la valorización de sus producciones.
− Mejorar la formación de los responsables en la gobernanza y gestión de dichas entidades.
− Contribuir a mejorar la renta de los productores agrarios integrados en las entidades asociativas.
− Favorecer la integración de los productores en Entidades Asociativas Prioritarias, con el objeto de mejorar su posición en el mercado y su participación en el proceso de valorización y comercialización de sus productos.
Por otra parte, para el reconocimiento de una EAP, las cooperativas han de cumplir los siguientes requisitos:
− El primer requisito es el de tener implantación y ámbito de actuación económico supra autonómico (con un máximo del 90% de la masa social, y de su actividad económica sobre una CCAA), al ser una ley de ámbito estatal.
− El segundo requisito es el de llevar a cabo la comercialización conjunta de la totalidad de la producción de las entidades asociativas y de los productores que las componen.
− El tercer requisito es superar una facturación mínima establecida para cada subsector de actividad.
− El cuarto requisito es el de garantizar estatutariamente el control democrático ante los productores asociados de su funcionamiento y de sus decisiones, evitando la posición de dominio de uno o varios de sus miembros.
No obstante, la entidad que pretenda ser reconocida como EAP, dispone de un período transitorio de cinco años para poder alcanzarlos, principalmente en el requisito de la comercialización total de la producción de sus asociados.
Una vez reconocida como EAP, la Entidad Asociativa Prioritaria, las entidades asociativas integradas en la misma, y los socios y productores agrarios de base, quedarán posicionados en situación de preferencia en algunas situaciones, y podrán percibir una serie de ayudas vinculadas al Programa de Desarrollo Rural (PDR) nacional, o en su caso, a los autonómicos. Las ayudas podrán ser financiadas por la Administración General del Estado y por las de las Comunidades Autónomas.
No obstante, la Ley ha sufrido de varias limitaciones importantes en su primer año de desarrollo y funcionamiento. Por una parte, la financiación de la misma, que se deriva del PDR nacional, se ha demorado en el tiempo, por el retraso en la aprobación en Bruselas del mismo. Por otra parte, el pasado 30 de abril de 2015, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales dos artículos de la Ley (el artículo 3, apartados 2 y 3, y el artículo 5), por invadir competencias autonómicas en el reconocimiento y en el registro de las EAP.
Ahora bien, varias comunidades autónomas (Castilla León, Extremadura y Andalucía), han reproducido la figura de EAP a nivel autonómico, con el fin de conceder ayudas a aquellas entidades que siendo sólo de ámbito autonómico, adquirieran un tamaño mínimo. Este tipo de políticas, si bien contribuyen a la concentración empresarial y al crecimiento dentro de una Comunidad autónoma, desincentiva el crecimiento a través de uniones o alianzas con cooperativas de otras autonomías.
En este sentido, y cómo podemos observar en la tabla 2, después de 3 años de aplicación de la Ley, podemos observar que sólo siete entidades han obtenido este reconocimiento como EAP (y la primera, OVIESPAIN, se dio de baja al año por reestructuración empresarial). De las seis actuales, el 50 % operan en el subsector ganadero, el 33% tiene un reconocimiento genérico, siendo el 16% restante de transformación de frutas.
Por otra parte, es fundamental destacar que de los 18 programas de desarrollo rural (PDR) de España (17 autonómicos, y el nacional), sólo hay uno, el de Castilla la Mancha, que contiene una línea de ayuda específica para las entidades asociativas con sede en su ámbito que se vinculen a una EAP, esté situada su sede social en su región o en otra. El resto de PDR lo único que hacen es priorizar a estas entidades en el caso que su sede social se sitúe en su ámbito.
Este hecho provocará que la dotación presupuestaria (que siempre es importante para el éxito en la aplicación de una ley de fomento), sea inferior a lo inicialmente previsto, y denota una falta de visión estadista, global y empresarial, por parte de los diferentes gobiernos autonómicos, siendo sustituida por una limitada a su territorio.
Tabla. 2. Entidades con reconocimiento como EAP
|
Entidad |
Fecha de reconocimiento |
Ámbito actuación (CCAA) |
Productos |
|
OVIESPAIN SL |
02/03/2015 (a 18/04/2016) |
Andalucía, Aragón, Extremadura |
Ovino de leche y carne |
|
DCOOP SCA |
11/12/2015 |
Andalucía, Castilla la Mancha |
Genérico |
|
AN S.C. |
02/03/2016 |
Aragón, Castilla la Mancha, Castilla y León, Extremadura, La Rioja, Navarra |
Genérico |
|
EA GROUP S.C |
19/04/2016 |
Andalucía, Extremadura |
Ovino de leche y carne |
|
INDULLEIDA SCA |
29/12/2016 |
Aragón, Cataluña, La Rioja, Navarra |
Transformados hortofrutícolas |
|
IBERICO DE COMERCIALIZACION |
29/12/2016 |
Andalucía, Castilla y León, Extremadura |
Porcino Ibérico |
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OVIARAGÓN SCL (1º grado) |
22/02/2017 |
Aragón, Andalucía, Baleares, Castilla la Mancha, Castilla y León, Cataluña, La Rioja, Navarra |
Ovino de leche y carne |
Fuente: Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (2017)
En lo que respecta a los requisitos previos de reconocimiento, principalmente en lo que respecta al volumen de facturación sectorial, Meliá, Peris y Carnicer, en el 2014, indican que en el momento de aprobación de la LICA ninguna cooperativa por si sola alcanzaba el mínimo establecido en su subsector, aunque éste era alcanzable con ciertos movimientos de concentración en el top cinco de cada sector.
Finalmente, es importante destacar que no habían existido proyectos o leyes similares, con la ambición de fomentar grandes grupos cooperativos a nivel nacional, si exceptuamos algunas medidas concretas de apoyo a la fusión, o a la cooperación.
4. Metodología
4.1. Elaboración y distribución de la encuesta
La metodología empleada en el presente trabajo es la encuesta. Se ha diseñado un cuestionario que contiene un total de 40 preguntas, 18 de las cuales tienen una respuesta Likert (con escala de 1 a 5), 7 con respuesta directa, 8 con varias alternativas, y el resto abiertas, y está estructurada para que sea fácilmente respondida desde el ordenador, con una duración máxima de quince minutos.
Para la elaboración y diseño de la encuesta hemos tenido en cuenta los manuales de Quivy y Campenhout de 1992, de investigación en ciencias sociales, de Cea Dancona del 2012, en lo que respecta a los fundamentos y aplicaciones en metodología cuantitativa, y finalmente el manual de encuestas por Internet de Díaz, Flavián, y Guinaliu del año 2004.
La encuesta se ha dividido en seis apartados:
1. Datos de la cooperativa,
2. Grado de alcance de los objetivos de la Ley,
3. Estrategia de reconocimiento como EAP,
4. Resolución de la Ley del problema del tamaño de las cooperativas,
5. Tamaño mínimo de las cooperativas agroalimentarias,
6. Formación del Consejo Rector.
Para la encuesta se ha utilizado un cuestionario de Google Drive, y se ha remitido a las entidades objeto de estudio a través de correo electrónico, siendo el destinatario de la misma el presidente o gerente de cada entidad, es decir, ejecutivos con conocimiento de la entidad, y capacidad en la toma de decisiones.
4.2. Tamaño de población, y muestreo de la misma
En el presente trabajo se ha tomado como población total, la integrada por aquellas cooperativas socias de la entidad Cooperativas Agro-alimentarias de España (2.718 entidades). Dentro de éstas, se han seleccionado las pertenecientes a los trece subsectores productivos con mayor peso en el conjunto por facturación, que representan una facturación conjunta del 96,90% del total sectorial.
El análisis se realiza a nivel de facturación sectorial, ya que el reconocimiento de EAP tiene carácter sectorial, habiéndose clasificado las cooperativas por el nivel de facturación de la entidad, en base a su sector mayoritario (no al total de la empresa), aunque el reconocimiento también puede solicitarse de manera genérica, multiproducto.
Asimismo, se han segmentado las empresas en dos grupos en función del volumen de negocios anual de su sección principal, a partir de los límites establecidos en la definición de PYME de la Unión Europea en el año 2005: cooperativas con al menos una sección de tamaño grande (más de 50 millones de euros de facturación), y cooperativas con alguna sección de tamaño mediano (ente 10 y 50 millones de euros de facturación).
Se han descartado las cooperativas cuya sección principal tiene tamaño pequeño (menos de 10 millones de euros de facturación, lo que incluye las microempresas, con menos de 2 millones de euros de facturación), por el actual planteamiento de la LICA, ya que los mínimos establecidos para el reconocimiento hacen inalcanzable para las mismas el reconocimiento directo.
Así, la población a estudiar la constituyen las 274 principales cooperativas españolas:
− 34 cooperativas con alguna sección de tamaño grande (más de 50 millones de euros de facturación en alguna de sus secciones),
− 240 cooperativas con alguna sección de tamaño mediano (entre 10 y 50 millones de euros de facturación).
Debido al nº reducido de entidades a analizar (un total de 274), no hemos realizado ni utilizado técnicas de muestreo, habiéndose enviado el cuestionario a toda la población.
Tabla. 3. Ficha técnica de la encuesta
|
Universo |
2.718 cooperativas socias de la entidad Cooperativas Agro-alimentarias de España (CCAE, 2013) |
|
Población objetivo |
274 cooperativas: 34 con alguna sección grande (> 50 M€), 240 con alguna sección mediana (10-50 M€) |
|
Muestra |
86 |
|
Intervalo de confianza |
95% |
|
Error muestra |
+/- 0,06 |
|
Varianza |
Máxima indeterminación (p=q=50%) |
|
Período de la encuesta |
Diciembre 2014-Mayo 2015 |
|
Metodología |
Encuesta on-line, y seguimiento telefónico |
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Campo de trabajo |
CEGEA, en la facultad de ADE de la UPV |
|
Grabación y creación bases de datos |
CEGEA, en la facultad de ADE de la UPV |
NOTA: se ha aplicado la corrección de población finita – MALHOTRA 2004)
Fuente: elaboración propia (julio 2017)
Tras remitir el cuestionario on-line, hemos tenido un total de 82 respuestas válidas del mismo, 15 de cooperativas con secciones de tamaño grande, y 71 de cooperativas con secciones de tamaño mediano:
Tabla. 4. Población objetivo, y respuestas recibidas
|
Coop con secciones |
Total |
Respuestas Encuesta |
|
|
> 50 MILLONES € |
34 |
15* |
* 95% representatividad |
|
10-50 MILLONES € |
240 |
71** |
** 93% representatividad |
|
TOTAL |
274 |
86*** |
*** 94% representatividad |
Fuente: elaboración propia (julio 2017)
NOTA: Para poder analizar el tamaño de muestra mínimo para un nivel de significación del 95%, hemos aplicado la corrección de Malhotra para poblaciones finitas, ya que el nivel mínimo de la muestra inicialmente era superior al 10% de la población total.
5. Estudio de los resultados del trabajo empírico
5.1. Análisis del alcance de los objetivos de la LICA
Una de las prioridades en el estudio es analizar si las cooperativas que operan en los distintos sectores analizados consideran que la Ley con su actual configuración va a conseguir que se alcancen los cuatro objetivos previstos en la misma.
Los cuatro objetivos que contempla la Ley son los siguientes:
− Objetivo 1: Fomentar la agrupación de las cooperativas de base,
− Objetivo 2: Mejorar la formación de responsables,
− Objetivo 3: Mejorar la renta de los productores,
− Objetivo 4: Favorecer entrada de nuevos agricultores.
La escala utilizada es la Likert de 1 a 5, en la que el valor 1 es un grado de alcance escaso o nulo, difícilmente alcanzable, y el valor 5 es un grado elevado, o fácilmente alcanzable.
A nivel global, observamos que las cooperativas no confían en que la Ley pueda alcanzar los objetivos previstos en su formulación, ya que todas las medias se sitúan en un nivel inferior a tres (grado de alcance intermedio, ni positivo, ni negativo).
Sólo en el segundo objetivo (el de mejorar la formación de los responsables), las cooperativas parecen ser algo más optimistas en lo que respecta a su cumplimiento (valorándolo en 3,2 sobre 5), aunque sin llegar a considerarlo alcanzable.
Tabla. 5. Grado de alcance de los objetivos de la LICA
|
|
Respuestas válidas |
Media |
|
Objetivo 1 (agrupación cooperativas) |
86 |
2,85 ± 1,023 |
|
Objetivo 2 (mejora formación) |
86 |
3,21 ± 1,042 |
|
Objetivo 3 (mejora de la renta) |
85 |
2,99 ± 1,075 |
|
Objetivo 4 (nuevos agricultores) |
85 |
2,93 ± 1,121 |
Fuente: Elaboración propia.
Tabla. 6. Respuestas en el grado de alcance de los objetivos de la LICA
|
Alcance objetivo |
Escaso/nulo |
Poco |
Mediano |
Alto |
Elevado |
TOTAL |
||||||
|
|
Frec |
% |
F. |
% |
F. |
% |
F. |
% |
F. |
% |
F. |
% |
|
OBJ. 1 |
6 |
7,0% |
26 |
30,2 |
37 |
43,0 |
9 |
10,5 |
8 |
9,3 |
86 |
100,0 |
|
OBJ. 2 |
2 |
2,3% |
24 |
27,9 |
23 |
26,7 |
28 |
32,6 |
9 |
10,5 |
86 |
100,0 |
|
OBJ. 3 |
7 |
8,2% |
22 |
25,9 |
27 |
31,8 |
23 |
27,1 |
6 |
7,0 |
85 |
100,0 |
|
OBJ. 4 |
12 |
14,1% |
15 |
17,6 |
30 |
35,3 |
23 |
27,1 |
5 |
5,9 |
85 |
100,0 |
Fuente: Elaboración propia.
Gráfico. 3. Respuestas en el grado de alcance de los objetivos de la LICA



Fuente: Elaboración propia.
5.2. Análisis del grado de dificultad en alcanzar los requisitos para el reconocimiento como EAP
El segundo objetivo del estudio es analizar de forma diferencial el grado de dificultad para las cooperativas en cuanto al cumplimiento de los requisitos para el reconocimiento como EAP. Por ello se pregunta acerca de la opinión en la dificultad en el grado de alcance de los objetivos de la Ley.
Los cuatro requisitos para el reconocimiento como EAP son los siguientes:
− Requisito 1: Nivel de facturación de su sector principal,
− Requisito 2: Implantación supra autonómica,
− Requisito 3: Comercialización del 100% de la producción,
− Requisito 4: Garantizar en los estatutos el control democrático.
La escala utilizada es la Likert de 1 a 5, en la que el valor 1 es un grado de dificultad elevada, y el valor 5 es fácilmente alcanzable.
A nivel global, observamos que las cooperativas valoran un nivel de dificultad diferente en función del requisito, considerando algunos de muy difícil cumplimiento, mientras que otros no les resultan tanto.
Así, el requisito que más complejidad representa es el alcanzar el volumen mínimo económico requerido para su reconocimiento (requisito 1), que ha obtenido una valoración de 2,51, por encima del requisito de implantación supra autonómica (2,82), el cual, siendo difícil, no es considerado el mayor hándicap para su reconocimiento. Ambos obtienen una valoración inferior a 3, lo que implica que los consideran difíciles de alcanzar.
Por otra parte, consideran algo menos complicado el requisito de comercializar el 100% de la producción de sus asociados, al que otorgan una media de 3,36, siendo por tanto de dificultad de alcance medio (a pesar de que es cierto que alguna entidad cooperativa la ha señalado como la mayor de las dificultades). El objetivo de mayor facilidad de cumplimiento es el cuarto, el garantizar en estatutos el control democrático de las decisiones, al cual en la escala de 1 a 5, le otorgan un nivel de 4,14, lo que denota la facilidad de consecución del mismo.
Tabla. 7. Nivel de dificultad en el alcance de los requisitos como EAP
|
|
Respuestas válidas |
Media |
|
Requisito 1 (facturación sector) |
86 |
2,51 ± 1,437 |
|
Requisito 2 (implantación) |
84 |
2,82 ± 1,306 |
|
Requisito 3 (comercialización 100%) |
85 |
3,36 ± 1,353 |
|
Requisito 4 (garantizas estatutos) |
86 |
4,14 ± 0,969 |
Fuente: Elaboración propia.
Tabla. 8. Respuestas en el nivel de dificultad en el alcance de los requisitos como EAP
|
Alcance requisito |
Escaso/nulo |
Poco |
Mediano |
Alto |
Elevado |
TOTAL |
||||||
|
|
Frec |
% |
F. |
% |
F. |
% |
F. |
% |
F. |
% |
F. |
% |
|
REQ. 1 |
30 |
34,9% |
18 |
20,9 |
13 |
15,1 |
14 |
16,3 |
11 |
12,8 |
86 |
100,0 |
|
REQ. 2 |
17 |
20,2% |
17 |
20,2 |
29 |
34,5 |
8 |
9,5 |
13 |
15,5 |
84 |
100,0 |
|
REQ. 3 |
13 |
15,3% |
7 |
8,2 |
22 |
25,9 |
22 |
25,9 |
21 |
24,7 |
85 |
100,0 |
|
REQ. 4 |
3 |
3,5% |
1 |
1,2 |
15 |
17,4 |
29 |
33,7 |
38 |
44,2 |
86 |
100,0 |
Fuente: Elaboración propia.
Gráfico. 4. Respuestas en el nivel de dificultad de los requisitos como EAP




Fuente: Elaboración propia.
Igual que en el caso de los objetivos, la desviación estándar es elevada (siempre superior a uno), no existiendo diferencias significativas entre las medias.
5.3. Contribución de la LICA a la mejora del dimensionamiento de las cooperativas, en función de su tamaño
En lo que respecta al logro de uno de los principales objetivos de la Ley (la solución al escaso dimensionamiento de las cooperativas), preguntamos si la LICA va a contribuir por igual a incrementar la dimensión media de las cooperativas de tamaño grande, intermedio, o pequeñas.
Así, se pregunta en qué medida la actual Ley de integración alcanzará a resolver el problema de la falta de dimensión de:
A. Los grandes grupos cooperativos,
B. Las cooperativas de tamaño intermedio,
C. Las cooperativas pequeñas requisito.
Igualmente, para la respuesta se ha utilizado una escala Likert de 1 a 5, en la que el valor 1 es un grado de alcance escaso o nulo, o difícilmente alcanzable, y el del valor 5 es elevado, o fácilmente alcanzable.
Las cooperativas consideran que esta ley está pensada para los grandes grupos cooperativos, y que la misma sí que puede resultar eficaz en cuanto al redimensionamiento de los mismos. Ahora bien, no opinan lo mismo en lo que respecta a las cooperativas de tamaño intermedio y/o pequeño, ya que en ambos casos, las medias son inferiores a tres, y se observa una gradación en negativo desde las grandes, hasta las pequeñas.
Tabla. 9. Nivel de aplicación en los diferentes tamaños de cooperativas
|
|
Respuestas válidas |
Media |
|
Grandes grupos (> 50 M€) |
86 |
3,02 ± 1,106 |
|
Coop medias (10-50 M€) |
85 |
2,60 ± 1,093 |
|
Coop. pequeñas (< 10 M€) |
84 |
2,00 ± 1,246 |
Fuente: Elaboración propia.
Tabla. 10. Respuestas en el nivel de aplicación en los diferentes tamaños cooperativos
|
Alcance requisito |
Escaso/nulo |
Poco |
Mediano |
Alto |
Elevado |
TOTAL |
||||||
|
|
Frec |
% |
F. |
% |
F. |
% |
F. |
% |
F. |
% |
F. |
% |
|
Grandes |
9 |
10,5% |
19 |
22,1 |
24 |
27,9 |
29 |
33,7 |
5 |
5,8 |
86 |
100,0 |
|
Medianas |
14 |
16,5% |
29 |
34,1 |
22 |
25,9 |
17 |
20,0 |
3 |
3,5 |
85 |
100,0 |
|
Pequeñas |
23 |
27,4% |
24 |
28,6 |
16 |
19,0 |
16 |
19,0 |
5 |
6,0 |
84 |
100,0 |
Fuente: Elaboración propia.
Gráfico. 5. Respuestas en el nivel de aplicación en los diferentes tamaños cooperativos


Fuente: Elaboración propia.
La desviación estándar también es elevada (siempre superior a uno), y tampoco existen diferencias estadísticamente significativas.
6. Conclusiones
Tras analizar la situación actual del tamaño de las cooperativas agroalimentarias españolas, y la reciente aplicación de la Ley de integración asociativa, que pretende romper con la dinámica de la excesiva fragmentación del colectivo, hemos obtenido una serie de conclusiones evidentes en lo que respecta a la aplicación del actual marco normativo.
Hay que evidenciar la escasa apuesta por parte que alguna Comunidad Autónoma en la aplicación de la Ley. En primer lugar en lo que respecta a la aplicación directa, ya que con la sentencia de inconstitucionalidad por parte del Tribunal Constitucional, y su necesaria reformulación para poder publicarse conforme a la Ley, su aplicación se demoró, lo que supuso un retraso de medio año.
En segundo, no es menos destacable que se hayan publicado de manera paralela, normativas de ámbito autonómico que pretendan trasladar las figuras pensadas a nivel nacional, a un nivel más local, hecho que contradice en gran medida el espíritu de la norma, enfocado a la creación de grupos de gran dimensión y ámbito supra autonómico, y que sin duda limitará en gran medida su aplicabilidad, ya que el presupuesto de los PDR autonómicos es muy superior al del PDR nacional. La posibilidad de acceder a un reconocimiento de EAP de ámbito regional, que lleva aparejada una priorización a la hora de conseguir ayudas, constituye sin duda un desincentivo para las cooperativas a la hora de apostar por proyectos de integración de ámbito nacional, más ambiciosos, y por tanto más complejos de acometer.
En lo que respecta al logro de los objetivos planteados por la Ley, se observa que las cooperativas no confían mucho en que se alcancen, y se muestran un tanto escépticas. Sólo existe un nivel de confianza positivo en el segundo objetivo, que es el de mejorar la formación de los responsables (con un 3,21 de media) cuando, siendo importante, no es el objetivo que facilitará de manera directa el incremento de tamaño de las cooperativas.
El nivel de confianza en el alcance del objetivo más importante (el de mejorar la renta de los productores), se sitúa en un nivel medio (2,99 de media), de manera similar al del objetivo de favorecer la entrada de nuevos agricultores (2,93). Finalmente, el objetivo de fomentar la agrupación de las cooperativas de base es el que se encuentra en un nivel de confianza inferior (2,85), hecho que denota una percepción global de las cooperativas de incredulidad y de escasa confianza ante la Ley.
En lo que respecta al nivel de dificultad en alcanzar los requisitos requeridos para el reconocimiento como EAP, consideran como el más complicado de alcanzar el volumen mínimo económico requerido para su reconocimiento (media 2,48), por encima del requisito de implantación supra autonómica (media 2,82), el cual aun siendo considerado como difícil, no es valorado como el mayor hándicap para su reconocimiento.
Resulta curioso que no consideran un hándicap la necesidad de comercializar el 100% de la producción de sus asociados (3,36 de media), teniendo en cuenta que ésta es una de las dificultades señaladas por alguna cooperativa de segundo grado, con niveles de exigencia a sus cooperativas socias inferiores al 100% de su producción. En otro sentido, consideran muy sencillo el garantizar en estatutos el control democrático de las decisiones (4,14).
Finalmente, hay que destacar que las cooperativas consideran que esta ley está pensada para los grandes grupos cooperativos (3,02 de media), y que la misma sí que puede resultar eficaz en cuanto al redimensionamiento de los mismos. No opinan lo mismo en lo que respecta a las cooperativas de tamaño intermedio (2,60 de media) y/o pequeño (2,00 de media), hecho que en nuestra opinión, restará eficacia en la aplicación de la Ley.
Estos resultados deben hacernos reflexionar acerca de la reducida aplicación que está teniendo la LICA, que se explica con la escasa confianza que tienen las cooperativas en que ésta cumpla sus objetivos (especialmente el de concentración de cooperativas). Los motivos hay que buscarlos principalmente en la dificultad que manifiestan de cumplir con algunos de los requisitos que establece (especialmente el mínimo de facturación).
Al mismo tiempo, debe ser un motivo de reflexión el hecho de que las cooperativas consideren que esta ley no va a contribuir a resolver el problema de dimensión de las cooperativas pequeñas y medianas, se entiende que por la lógica mayor distancia con los mínimos establecidos por la misma. Cabe pensar si la solución para estas cooperativas de tamaño pequeño y mediano se encuentra en las Leyes de carácter regional, que pueden incentivar su integración en EAP de tamaño más reducido o regional, las cuales quizás con el tiempo puedan pasar a integrarse en EAP de tamaño nacional.
Pero al mismo tiempo, brindar a las cooperativas de menor tamaño la opción de integrarse en EAP de carácter regional (en aquellas Comunidades autónomas que hayan regulado esta figura), minora el incentivo de integrarse en entidades de gran tamaño, lo que de alguna forma va en contra del espíritu de la LICA, de que fueran las grandes entidades las que canalizaran las ayudas y la inversión hacia los proyectos /cooperativas integradas en ellas, de acuerdo con planes estratégicos de gran proyección global, dado su ámbito supra autonómico. Quizás hubiera faltado en la LICA algún incentivo diferenciado para animar a las entidades de tamaño pequeño y mediano a integrarse en EAP de ámbito estatal.
Con todo, entendemos que es tiempo de reflexión y de tomar medidas para fortalecer la LICA, subsanando aquellos aspectos que impiden o dificultan su mayor aplicación entre las cooperativas agroalimentarias españolas.
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[1] Universidad Politécnica de Valencia, España
Dirección de correo electrónico: emelia@cegea.upv.es
[2] Universidad Politécnica de Valencia, España
Dirección de correo electrónico: manoloperis@gmail.com
[3] Frutas, hortalizas, Aceite de oliva, Suministros, Alimentación Animal, Herbáceos, Mostos y vinos, Lácteo, Porcino blanco, Aceituna de mesa, Ovino y caprino, Vacuno, Arroz, Frutos secos.