SOLUCIONES DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE RÉGIMEN GENERAL A ALGUNAS DEFICIENCIAS DE LA LEY 49/2002 DE RÉGIMEN FISCAL DE LAS ENTIDADES NO LUCRATIVAS EN EL ÁMBITO DEL MECENAZGO CULTURAL
Autor:
Esteban PALACIOS RONDA
Palabras clave:
TERCER SECTOR; FISCALIDAD; FILANTROPÍA; INCENTIVOS; REFORMA
Claves ECONLIT:
B55; H30; K34; L31
Revista:
Nº 138 - Segundo Cuatrimestre 2021
Resumen:
La vigente Ley 49/2002 de Régimen fiscal de las entidades no lucrativas y de los incentivos fiscales al mecenazgo nació con la voluntad declarada de establecer un conjunto de estímulos aplicables a la actividad de mecenazgo en general y al cultural en particular. Sin embargo, la aplicación práctica de este principio inspirador se revela en la actualidad como una mera proposición normativa. Por su parte, las comunidades autónomas de las Islas Baleares, Comunidad Valenciana y Castila-La Mancha han promulgado sendas leyes de incentivos fiscales al mecenazgo cultural que podrían resolver en el ámbito de sus competencias algunas dificultades de que adolece la norma estatal. Con estos antecedentes analizaremos el alcance efectivo de las medidas fiscales autonómicas en sede de la imposición sobre la renta y su conexión con el régimen fiscal general del mecenazgo lo que, tras detenernos en alguna de las deficiencias advertidas, nos permitirá apuntar algunas propuestas de reforma del régimen fiscal del mecenazgo, considerado en su conjunto, que permita romper la actual estanqueidad normativa.
Contenido:
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Revesco. Revista de Estudios Cooperativos ISSN: 1885-8031 Dirección de correo electrónico:
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